Registro de ciudadano UE/EEE/Suiza (CRUE)

Información de carácter general; no constituye asesoramiento jurídico. Las normas cambian.
Actualizado el 2026-06-21

Qué sucede después. Información de carácter general; no constituye asesoramiento jurídico. Las normas cambian.

Los ciudadanos de la UE, EEE y Suiza no necesitan visado para residir en Portugal: tienen el derecho de libre circulación y residencia. Sin embargo, quienes permanezcan más de 3 meses deben formalizar su residencia mediante el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CRUE), en el plazo de 30 días tras completar esos 3 meses.

El registro se realiza presencialmente en el Ayuntamiento (Câmara Municipal o Loja do Cidadão). Los documentos necesarios son: DNI o pasaporte UE/EEE válido; NIF portugués; prueba de domicilio en Portugal; y prueba de una de las siguientes condiciones: ejercicio de actividad profesional en Portugal, medios de subsistencia suficientes o matrícula en centro educativo. Las tasas son de €16 para adultos y €7,50 para menores de 6 años.

Tras 5 años de residencia continua y legal, el ciudadano UE/EEE puede solicitar a la AIMA el Certificado de Residencia Permanente para Ciudadano de la UE (tasa €16), con validez de 10 años y renovable. Los familiares de terceros países de ciudadanos de la UE tienen tarjeta propia emitida por la AIMA.

El registro es obligatorio. No confundir con la autorización de residencia para ciudadanos no comunitarios.

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