Visa D7 (ingresos pasivos / jubilación)
Para jubilados, rentistas e ingresos pasivos regulares. Mínimo €920/mes en 2026.
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Derecho de Inmigración en Portugal
Acompañamiento personalizado en todas las etapas de su proceso — del visado a la nationalidad. Información general; no constituye asesoramiento jurídico.
Abogada inscrita en el Colegio de Abogados de Portugal, especializada en derecho de inmigración.
Para jubilados, rentistas e ingresos pasivos regulares. Mínimo €920/mes en 2026.
Saber más →Para emprendedores, empresarios y prestadores de servicios independientes que deseen ejercer actividad en Portugal.
Saber más →Para profesionales altamente cualificados: TI, investigadores, médicos y directivos. Exento del test de mercado laboral del IEFP.
Saber más →Para trabajadores con oferta de empleo de empleador portugués. Requiere autorización previa del IEFP.
Saber más →Para teletrabajadores al servicio de entidades no portuguesas. Requisito de €3.680/mes en 2026.
Saber más →Para profesionales altamente cualificados que buscan empleo especializado en Portugal. Validez de 120 días (prorrogable a 180).
Saber más →Para estudiantes, investigadores, becarios y voluntarios. Permite trabajo a tiempo parcial (hasta 20h/semana) durante el período lectivo.
Saber más →Para traer a su cónyuge, hijos y familiares dependientes a Portugal. La AIMA dispone de 9 meses para resolver.
Saber más →Nationalidad portuguesa tras 7 años (UE/CPLP) o 10 años de residencia legal. Plazos modificados por la Ley Orgánica 1/2026.
Saber más →Tras 3 años de matrimonio o unión de hecho con ciudadano portugués. No requiere residencia mínima en Portugal.
Saber más →Para hijos nacidos en Portugal. Requiere 5 años de residencia de uno de los progenitores (o escolarización en el sistema educativo).
Saber más →Autorización de Residencia para Inversión. Vía inmobiliaria abolida. Fondos de inversión cualificados desde €500.000.
Saber más →Renovación online en el portal de la AIMA. Puede iniciarse 90 días antes del vencimiento. Tasa ~€121.
Saber más →Tras 5 años de residencia legal continua. Elimina renovaciones frecuentes. Tarjeta válida 5 años, renovable indefinidamente.
Saber más →Para ciudadanos de Brasil, Angola, Cabo Verde, Mozambique y otros países de la CPLP. Atención: la Ley 61/2025 modificó las reglas de entrada.
Saber más →Para ciudadanos de la UE, EEE y Suiza. Registro obligatorio tras 3 meses de residencia. Gratuito y simplificado.
Saber más →Impugnación de decisiones de la AIMA: denegaciones, cancelaciones y no renovaciones. Recursos administrativos y judiciales en plazo de 15 días.
Saber más →Defensa en procedimientos de expulsión y alejamiento coercitivo. Recurso con efecto suspensivo — urgencia máxima, no espere.
Saber más →Los visados de residencia más comunes son el D7, para quienes viven de ingresos propios o pensiones; el D8, para nómadas digitales y trabajo remoto; los visados de trabajo, para quienes tienen contrato o promesa de contrato; el visado de estudios; y la reagrupación familiar, para reunirse con un familiar que ya reside aquí. También existe el Golden Visa / ARI, por inversión. El visado adecuado depende de su objetivo y de sus ingresos. Por regla general, la solicitud empieza en el consulado portugués del país de residencia.
Información de carácter general; no constituye asesoramiento jurídico. Las normas cambian. · Actualizado el 2026-06-23
El visado D7 está dirigido a quienes viven de ingresos propios — pensiones, alquileres, dividendos, propiedad intelectual o inversiones financieras. Se exige un ingreso estable y regular, de valor al menos igual al salario mínimo nacional (en 2026, 920 € al mes), con incrementos por cada familiar a cargo. También es necesario abrir una cuenta en un banco portugués y acreditar alojamiento en Portugal. Los importes de referencia se actualizan cada año, así que confirme siempre los valores vigentes.
Información de carácter general; no constituye asesoramiento jurídico. Las normas cambian. · Actualizado el 2026-06-23
El proceso del visa D7 tiene dos fases y el plazo total depende de varios factores:
1.ª fase — Consulado: La solicitud de visado de residencia se presenta en el consulado portugués del país de residencia. El plazo legal de resolución es de 60 días, pero en la práctica varía mucho según el consulado y su carga de trabajo. Algunos resuelven en pocas semanas; otros tardan varios meses.
2.ª fase — AIMA (en Portugal): Tras entrar con el visado, hay que formalizar la solicitud de autorización de residencia ante la AIMA. La programación de cita y el procesamiento por la AIMA también llevan tiempo variable, pudiendo añadir varios meses más.
En total, es prudente contar con 6 a 12 meses (o más) para todo el proceso, dependiendo del consulado y de la situación de la AIMA. Los plazos cambian — confirme siempre la situación actualizada antes de planificar su traslado.
Información de carácter general; no constituye asesoramiento jurídico. Las normas cambian. · Actualizado el 2026-06-21
El visado D8 está dirigido a quienes trabajan de forma remota para empleadores o clientes fuera de Portugal, por cuenta ajena o como autónomos. El requisito principal es acreditar un ingreso medio, en los últimos tres meses, de al menos cuatro veces el salario mínimo (unos 3.680 € al mes en 2026). También hay que acreditar residencia fiscal y el vínculo profesional. Después permite solicitar la autorización de residencia ante la AIMA.
Información de carácter general; no constituye asesoramiento jurídico. Las normas cambian. · Actualizado el 2026-06-23
El Golden Visa / ARI (Autorización de Residencia para Inversión) sigue existiendo, pero la vía inmobiliaria fue suprimida en octubre de 2023. Las opciones actuales incluyen, entre otras, fondos de inversión cualificados a partir de 500.000 €.
En cuanto a los plazos, el proceso ARI es típicamente más largo que otros tipos de residencia. Tras presentar la solicitud, la AIMA tiene un plazo legal para resolver, pero en la práctica los expedientes ARI han tardado 1 a 2 años o más dado el volumen de solicitudes pendientes y la complejidad de la verificación de las inversiones.
Además, la Ley Orgánica 1/2026 (en vigor desde el 19-05-2026) ha aumentado los plazos de residencia necesarios para la naturalización. El ARI no fue modificado por estas normas, pero el camino hacia la ciudadanía es ahora más largo para los nuevos titulares.
Dada la complejidad y los importes implicados, este proceso requiere acompañamiento jurídico especializado desde el principio.
Información de carácter general; no constituye asesoramiento jurídico. Las normas cambian. · Actualizado el 2026-06-21
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